Qué impuestos paga un propietario no residente en España
Si eres propietario no residente, puede que debas presentar una declaración de impuestos en España aunque la vivienda esté vacía. También tendrás que prever el pago anual del IBI al ayuntamiento.

El impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)
El ayuntamiento cobra el IBI cada año. Para calcularlo se parte del valor catastral, el valor que consta en el Catastro. Cuando compres, pide un recibo reciente del IBI para conocer lo que paga el propietario actual e identificar la referencia catastral del inmueble.
Si utilizas la vivienda o la dejas vacía
Por regla general, España considera renta una parte del valor catastral de la vivienda, aunque no hayas cobrado ningún alquiler. Es lo que se conoce como renta imputada. Como no residente, normalmente debes declararla mediante el modelo 210.
Consulta con tu asesor fiscal qué porcentaje de imputación y qué tipo impositivo te corresponden. El cálculo depende de factores como la valoración catastral y tu país de residencia fiscal. Para las rentas imputadas de 2026 y ejercicios posteriores, el plazo de presentación va del 1 de abril al 31 de diciembre del año siguiente.
Si alquilas la vivienda
Los ingresos del alquiler tienen sus propias reglas de declaración. Si alquilas solo durante parte del año, pregunta a tu asesor cómo declarar los periodos de alquiler y aquellos en los que la vivienda estuvo a tu disposición. Conserva los justificantes de las rentas cobradas y los gastos pagados.
Otros gastos que debes prever
Cuenta con las cuotas de comunidad, el seguro, los suministros y la tasa de recogida de basuras. Si tienes un patrimonio elevado en España, consulta si estás sujeto al impuesto sobre el patrimonio o al impuesto estatal sobre las grandes fortunas.
Puedes llevar por tu cuenta el control de los recibos y los plazos fiscales de la vivienda. Si no sabes qué documentación entregar al asesor fiscal, TND puede ayudarte a reunir los documentos del inmueble y a encontrar un profesional que trabaje con propietarios no residentes.
¿Dudas sobre su compra?
Nuestros abogados estudiarán su situación y la propiedad que tiene en mente.
Información general a fecha de 7 de noviembre de 2026, no constituye asesoramiento legal ni fiscal. Los tipos y las normas cambian; confirme las cifras con un abogado antes de comprar.



